Última actualización: octubre de 2026
Respuesta rápida: hoy solo tienes que presentar el modelo 036. El modelo 037, la versión simplificada que usaban muchos autónomos para darse de alta en Hacienda, se suprimió y desde el 3 de febrero de 2025 ya no puede presentarse. Todas las gestiones censales (alta, modificación y baja) se hacen ahora con el 036.
Si has leído guías antiguas que te piden elegir entre el 036 y el 037, ya no te sirven. En este artículo te explicamos qué es el 036, en qué se diferenciaba del 037, cuándo hay que presentarlo, cómo hacerlo online y qué decisiones importantes tomas al rellenarlo.
En resumen:
- Modelo 036: el único modelo vigente para el alta, modificación y baja en el censo de Hacienda.
- Modelo 037: suprimido desde el 3 de febrero de 2025.
- Cuándo se presenta el alta: antes de iniciar la actividad.
- Coste: gratuito.
- Cómo: online en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital o Cl@ve, o con cita previa en una oficina.
Qué es el modelo 036
El modelo 036 es la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Es el formulario con el que le dices a la Agencia Tributaria quién eres, dónde tributas, qué actividad realizas y qué obligaciones fiscales tendrás (IVA, IRPF, retenciones, operaciones con otros países).
Lo presentan:
- Autónomos y profesionales que inician una actividad económica.
- Sociedades y otras entidades, también para su alta y sus modificaciones.
- Quienes pagan rentas sujetas a retención (por ejemplo, un autónomo que contrata a un trabajador).
No implica pagar ningún impuesto: es un trámite informativo y gratuito, pero con consecuencias fiscales importantes porque fija tu régimen de IVA, el método de IRPF y tus obligaciones trimestrales.
Qué era el modelo 037 y por qué ya no existe
El modelo 037 era la versión simplificada del 036, pensada para personas físicas con situaciones sencillas. Era más corto y rápido de rellenar, pero solo podía usarse si se cumplían varios requisitos a la vez (por ejemplo, ser persona física residente y no realizar operaciones que exigieran el 036 completo, como las intracomunitarias).
La Agencia Tributaria lo suprimió mediante la Orden HAC/1526/2024, dentro de su estrategia de simplificar y unificar los trámites censales. Desde el 3 de febrero de 2025, el 036 es el único modelo disponible. Si te lo encuentras en blogs antiguos o plantillas, ignóralo.
Diferencias históricas entre el 036 y el 037
Por si te encuentras con información anterior a 2025, estas eran las diferencias:
| Característica | Modelo 037 (suprimido) | Modelo 036 (vigente) |
|---|---|---|
| Quien lo usaba | Solo personas físicas con casos sencillos | Personas físicas, sociedades y otras entidades |
| Extensión | Reducido | Completo |
| Operaciones con la UE (ROI) | No permitía solicitarlas | Sí |
| Regímenes especiales de IVA | Limitados | Todos |
| Alta, modificación y baja | Sí, dentro de sus límites | Sí |
| Estado actual | No se puede presentar desde el 3-2-2025 | Obligatorio y único |
La buena noticia es que el formulario actual de la sede electrónica guía paso a paso y solo te pide los apartados que corresponden a tu caso, así que para un autónomo sencillo el trámite sigue siendo rápido.
Cuándo hay que presentar el modelo 036
| Situación | Plazo general |
|---|---|
| Alta al iniciar una actividad | Antes de comenzar la actividad (o antes de realizar las primeras operaciones o cobros) |
| Modificación de datos (epígrafe, domicilio, régimen de IVA, nueva actividad) | En el plazo de un mes desde que se produce el cambio, salvo que la norma fije otro |
| Baja por cese de la actividad | En el plazo de un mes desde el cese |
Presenta siempre el alta antes de emitir tu primera factura. Hacerlo después puede complicar la deducción de gastos anteriores y exponerte a sanciones. Confirma los plazos concretos en la sede de la Agencia Tributaria, porque algunos cambios tienen reglas específicas.
Qué necesitas antes de rellenarlo
- DNI o NIE en vigor.
- Certificado digital, Cl@ve PIN o Cl@ve permanente, o cita previa para el trámite presencial.
- Epígrafe del IAE de tu actividad (si dudas, repasa nuestra guía de cómo elegirlo).
- Fecha de inicio de la actividad.
- Domicilio fiscal y, si tienes, del local donde ejerces.
- Datos de tus ingresos previstos y de tus clientes, para decidir régimen de IVA y retenciones.
- Si operarás con clientes o proveedores de otros países de la UE, para solicitar tu inclusión en el ROI.
Decisiones importantes que tomas al rellenarlo
Aunque el formulario sea gratuito, algunas casillas condicionan tus impuestos durante años:
- Epígrafe del IAE y fecha de inicio. Determinan tu sección (profesional o empresarial) y si aplicas retención en facturas.
- Régimen de IVA. Lo habitual es el régimen general, con presentación trimestral del modelo 303. Algunas actividades pueden estar exentas de IVA o acogidas a regímenes especiales (por ejemplo, recargo de equivalencia en comercio minorista).
- Prorrata de IVA. Si realizas operaciones con y sin derecho a deducción, el formulario te lo preguntará.
- Método de IRPF. La mayoría de autónomos tributan por estimación directa simplificada; algunas actividades pueden optar a la estimación objetiva (módulos) si cumplen los límites vigentes.
- Periodicidad de las declaraciones. Normalmente trimestral; en algunos casos, mensual.
- Operaciones intracomunitarias (ROI). Si vas a vender o comprar servicios o bienes a otros países de la UE, debes solicitar tu alta en el ROI en el propio modelo.
- Retenciones a terceros. Si vas a pagar a profesionales o a empleados, indicarlo te da de alta como retenedor.
- Notificaciones electrónicas. El formulario te pregunta cómo quieres recibir las comunicaciones de Hacienda. Revisa tu buzón con regularidad: ignorar una notificación tiene plazos que corren igual.
Muchas de estas decisiones se pueden cambiar después con una modificación censal, pero algunas tienen plazos y efectos (por ejemplo, las opciones de régimen suelen tener ventanas concretas), así que mejor acertar desde el principio.
Cómo presentar el modelo 036 paso a paso
Opción A: online (la más rápida)
- Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria (agenciatributaria.gob.es).
- Busca la sección de censos y selecciona el modelo 036 (declaración censal de alta, modificación y baja).
- Identifícate con certificado digital, Cl@ve u otro sistema admitido.
- Selecciona el motivo de presentación: alta, modificación o baja.
- Completa los apartados de identificación, domicilio, actividad (epígrafe y fecha de inicio), IVA, IRPF y, en su caso, ROI y retenciones.
- Revisa los datos antes de enviar.
- Envía el formulario y descarga el justificante de presentación (con su código seguro de verificación).
- Guarda el justificante: te lo pedirán en la Seguridad Social, el banco y muchos otros trámites.
Opción B: presencial
Puedes presentarlo en una oficina de la Agencia Tributaria pidiendo cita previa. Es útil si no tienes certificado digital ni Cl@ve, aunque es más lento. Si tu caso es complejo, un gestor puede presentarlo por ti con tu autorización.
Después del 036: los siguientes trámites
Tras presentar el alta en Hacienda:
- Date de alta en el RETA de la Seguridad Social (y pide la tarifa plana si te corresponde).
- Anota tus obligaciones trimestrales (modelos 303 y 130) en tu calendario fiscal.
- Emite tus facturas con tus datos y el IVA y la retención que correspondan.
- Abre una cuenta para tu actividad y elige tu programa de facturación.
Errores frecuentes con el modelo 036
- Seguir buscando el modelo 037 en guías antiguas o intentar usarlo: ya no existe.
- Presentar el alta tarde, después de empezar a facturar.
- Elegir mal el epígrafe o el régimen de IVA por prisa.
- Olvidar el alta en el ROI si vas a facturar a clientes de otros países de la UE.
- No presentar la modificación cuando cambia tu domicilio, tu actividad o tu régimen fiscal.
- No guardar el justificante de presentación.
- No dar de baja el censo cuando cesas la actividad, y seguir con obligaciones de declaración a cero.
- No revisar las notificaciones de la Agencia Tributaria después del alta.
Preguntas frecuentes
¿Sigue existiendo el modelo 037? No. Se suprimió y desde el 3 de febrero de 2025 solo se puede presentar el modelo 036 para el alta, modificación y baja censal.
¿Qué modelo presento para darme de alta como autónomo? El modelo 036, antes de iniciar la actividad.
¿Cuánto cuesta presentar el modelo 036? Nada. Es un trámite gratuito. Solo pagarías si encargas la gestión a un gestor.
¿Se puede presentar sin certificado digital? Sí, con Cl@ve (PIN o permanente) o con cita previa en una oficina de la Agencia Tributaria.
¿Tengo que presentar el 036 para darme de baja? Sí, en el plazo de un mes desde el cese de la actividad. Además debes tramitar la baja en la Seguridad Social.
¿Puedo corregir un error después de presentarlo? Sí, con una declaración de modificación, que es gratuita. Hazlo cuanto antes para evitar problemas con tus modelos y facturas.
¿Qué pasa si empiezo a facturar sin presentar el 036? Es una infracción censal que puede acarrear sanciones y complica la deducción de gastos. Si ya te ha pasado, presenta el alta cuanto antes y consulta con un gestor.
¿El 036 sirve también para cambiar de domicilio fiscal? Si lo cambias como parte de tus datos censales, sí, mediante una modificación del 036. Existe además un modelo propio para comunicar el cambio de domicilio fiscal (modelo 030); consulta cuál corresponde en tu caso.
Siguientes pasos
- Reune DNI, certificado digital o Cl@ve, epígrafe y fecha de inicio.
- Decide con calma régimen de IVA, método de IRPF y si necesitas el ROI.
- Presenta el 036 online antes de empezar a facturar y guarda el justificante.
- Tramita el alta en el RETA y la tarifa plana.
- Añade tus plazos trimestrales al calendario.
Aviso: este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal. Los modelos, plazos y requisitos pueden cambiar; consulta siempre las fuentes oficiales de la Agencia Tributaria.