Última actualización: octubre de 2026
La regla práctica más repetida es que compensa crear una S.L. cuando tu beneficio anual supera los 40.000–60.000 euros o cuando necesitas limitar tu responsabilidad, incorporar socios o reinvertir buena parte de lo que ganas. Por debajo de esa cifra, y si no hay riesgo elevado, seguir como autónomo suele salir más barato y más sencillo.
Pero es una regla orientativa, no una ley. En esta guía comparamos autónomo y sociedad limitada en impuestos, costes, responsabilidad y gestión, con un ejemplo numérico a distintos niveles de beneficio, para que sepas qué preguntas hacerle a tu asesor antes de decidir.
En resumen:
- Impuestos: el autónomo tributa por IRPF (hasta cerca del 47 %); la S.L. por Impuesto sobre Sociedades (19–25 %), pero luego el socio paga IRPF por lo que cobra.
- Responsabilidad: el autónomo responde con todo su patrimonio; en la S.L., limitada al capital, con excepciones importantes.
- Costes: la sociedad cuesta más de crear y de mantener (unos 2.500–3.500 € al año extra).
- Cuándo compensa: beneficios altos, necesidad de reinvertir, riesgo elevado o entrada de socios.
- Cuándo no: beneficios moderados, actividad de bajo riesgo y necesidad de simplicidad.
Diferencias básicas entre autónomo y S.L.
| Aspecto | Autónomo (persona física) | Sociedad limitada (S.L.) |
|---|---|---|
| Personalidad jurídica | La tuya propia | Distinta de la tuya |
| Responsabilidad | Ilimitada: respondes con todo tu patrimonio | Limitada al capital aportado, con excepciones |
| Impuesto sobre beneficios | IRPF progresivo (19 % a 47 % combinado, según tramo y comunidad) | Impuesto sobre Sociedades (tipo general 25 %; microempresas 19–21 % en 2026) |
| Capital para empezar | Ninguno | Desde 1 €, aunque con reglas si es inferior a 3.000 € |
| Trámites de creación | Alta en Hacienda y RETA (gratis) | Notaría, Registro Mercantil, CIF, alta fiscal y laboral |
| Contabilidad | Simplificada, según el método | Obligatoria con el Plan General Contable y cuentas anuales |
| Coste anual de gestión | 500–1.000 € aprox. con gestoría | 1.500–4.000 € aprox. con gestoría |
| Seguridad Social del titular | RETA por rendimientos reales | RETA (autónomo societario) si controlas la sociedad |
| Dinero de la actividad | Es tuyo directamente | Es de la sociedad hasta que cobras sueldo o dividendos |
| Entrada de socios o venta | Más complicada | Sencilla: se transmiten participaciones |
Los impuestos: la clave de la decisión
Como autónomo: IRPF progresivo
Todo el beneficio de tu actividad se suma a tu base imponible y tributa por la escala del IRPF. Como referencia orientativa, con una escala media combinada (estatal y autonómica):
| Tramo de base | Tipo aproximado |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19 % |
| 12.450 – 20.200 € | 24 % |
| 20.200 – 35.200 € | 30 % |
| 35.200 – 60.000 € | 37 % |
| 60.000 – 300.000 € | 45 % |
| Más de 300.000 € | 47 % |
Cada comunidad autónoma tiene su propia escala en la parte autonómica, así que las cifras reales varían. Lo importante: cuanto más ganas, mayor es el tipo marginal, y ahí es donde la sociedad puede ayudar.
Como S.L.: dos impuestos escalonados
- La sociedad paga el Impuesto sobre Sociedades sobre su beneficio. En 2026: tipo general del 25 %; entidades de reducida dimensión (entre 1 y 10 millones de facturación), 23 %; microempresas (menos de 1 millón), 19 % hasta 50.000 € de base y 21 % el resto; y las sociedades de nueva creación tributan al 15 % durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva (con los requisitos que fija la ley).
- El socio tributa cuando cobra. Si cobra un sueldo, paga IRPF progresivo por él. Si cobra dividendos, paga IRPF por la base del ahorro (aproximadamente 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 € y 23 % hasta 200.000 €).
- Si el dinero se queda en la sociedad, el socio no paga IRPF por él hasta que lo retira. Esa posibilidad de diferir impuestos y reinvertir es la gran ventaja de la sociedad.
Ejemplo numérico: cuánto te queda en cada caso
Supuestos (simplificados):
- Un único socio y administrador, sin otras rentas.
- Beneficio antes de impuestos = ingresos menos todos los gastos, incluida la Seguridad Social del titular (se asume igual en ambos casos).
- En la S.L., el socio se paga un sueldo de hasta 30.000 €, y la sociedad asume 3.000 € anuales de costes adicionales (gestoría, Registro Mercantil, contabilidad).
- Impuesto sobre Sociedades de microempresa en 2026 (19 % hasta 50.000 € y 21 % el resto), sin aplicar el 15 % de nueva creación, para ser prudentes.
- IRPF con la escala media de la tabla anterior y mínimo personal de 5.550 €. Resultados redondeados.
| Beneficio antes de impuestos | Neto como autónomo | Neto como S.L. (reparte todo) | Neto como S.L. (deja el resto en la sociedad) |
|---|---|---|---|
| 30.000 € | ≈ 23.900 € | ≈ 21.800 € | ≈ 21.800 € |
| 50.000 € | ≈ 36.900 € | ≈ 34.900 € | ≈ 37.700 € |
| 80.000 € | ≈ 54.200 € | ≈ 54.100 € | ≈ 62.000 € |
| 120.000 € | ≈ 76.200 € | ≈ 78.700 € | ≈ 93.600 € |
Cómo leer la tabla:
- Con 30.000 € de beneficio, la sociedad no compensa: los costes extra se comen la ventaja.
- Con 50.000 €, si te repartes todo ahora sigues saliendo mejor como autónomo; si puedes dejar parte en la sociedad, empieza a compensar.
- Con 80.000 €, repartiendo todo es un empate técnico; reinvirtiendo parte, la sociedad gana claramente.
- Con 120.000 €, la sociedad compensa incluso repartiendo todo.
Matices importantes:
- La columna «deja el resto en la sociedad» no es dinero gratis: ese dinero sigue siendo de la sociedad, y cuando lo retires tributarás por dividendos (o por otra vía). Es un ahorro diferido, no eliminado.
- La Seguridad Social del socio puede cambiar el cálculo: el autónomo societario cotiza por el sueldo que se asigna y, según la normativa vigente, también pueden computar los dividendos que recibe. Pide a tu asesor una simulación con tus datos.
- El resultado varía según tu comunidad autónoma, tu situación familiar, el tipo de actividad y las deducciones aplicables.
Costes de crear y mantener una S.L.
Constitución (pago único, orientativo):
| Concepto | Coste aproximado |
|---|---|
| Notaría (escritura) | 100–300 € |
| Registro Mercantil | 100–200 € |
| Certificación de denominación social | 15–20 € |
| Gestoría (si la encargas) | 100–400 € |
| Capital social | Desde 1 € (ver abajo) |
| Total aproximado | 400–900 €, más el capital |
Capital social: desde la reforma de 2022 la S.L. puede constituirse con 1 euro. Si el capital es inferior a 3.000 euros, hay que destinar al menos el 20 % de los beneficios a reserva legal hasta alcanzar esa cifra, y en caso de liquidación los socios responden de la diferencia hasta ese mínimo. Un capital algo mayor suele ser más práctico ante bancos y proveedores.
Mantenimiento anual (orientativo):
- Gestoría con contabilidad completa: 1.200–3.000 €.
- Impuesto sobre Sociedades y depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil: 100–400 €.
- Legalización de libros, certificado digital de la sociedad y otros trámites: 50–200 €.
- Seguridad Social del socio como autónomo societario (se paga igualmente).
En total, calcula entre 2.500 y 3.500 euros anuales más que como autónomo, que es la cifra que usamos en el ejemplo.
Responsabilidad: la ventaja que no siempre es tan grande
Como autónomo respondes con todo tu patrimonio presente y futuro, incluida tu vivienda (salvo los supuestos de inembargabilidad o las protecciones previstas para la vivienda habitual en algunos casos). Como socio de una S.L., la responsabilidad de la sociedad se limita a su patrimonio. Pero ten en cuenta:
- Avales personales. Bancos, arrendadores y algunos proveedores suelen exigir que firmes personalmente como avalista, lo que anula en buena parte la protección.
- Responsabilidad del administrador. Puede responder con su patrimonio por deudas si no disuelve la sociedad cuando corresponde, por impago de impuestos o Seguridad Social, o por actuaciones negligentes.
- Deudas con Hacienda y Seguridad Social pueden derivarse al administrador en determinados supuestos.
La sociedad sí protege si tu actividad tiene riesgo real de reclamaciones o deudas (construcción, hostelería, comercio con stock, transporte, consultoría con responsabilidad elevada), pero no es un escudo absoluto.
Ventajas e inconvenientes de la S.L.
Ventajas
- Ahorro fiscal cuando el beneficio es alto, sobre todo si reinviertes.
- Posibilidad de diferir impuestos dejando beneficios en la sociedad.
- Responsabilidad limitada, con las salvedades vistas.
- Mayor credibilidad ante grandes clientes, licitaciones, bancos y financiación.
- Facilidad para incorporar socios, dar participaciones a empleados clave o vender el negocio.
- Posibilidad de deducir gastos con mayor flexibilidad (vehículos, retribución del socio, retribución flexible), siempre dentro de la ley.
- Tipo reducido del 15 % durante los primeros ejercicios con beneficios.
Inconvenientes
- Costes de creación y mantenimiento más altos.
- Contabilidad completa, cuentas anuales y más obligaciones formales.
- Doble tributación: la sociedad paga el Impuesto sobre Sociedades y luego tú pagas IRPF al retirar el dinero.
- El dinero de la sociedad no es tuyo: no puedes usarlo libremente (retiradas incorrectas pueden acarrear problemas fiscales y mercantiles).
- Obligación de cotizar como autónomo societario aunque tengas la sociedad.
- Disolver la sociedad es más complejo y tiene sus costes.
Señales de que te conviene crear una S.L.
- Tu beneficio anual ya supera, de forma estable, los 50.000–60.000 € (no un año puntual).
- Quieres reinvertir una parte importante de lo que ganas (equipos, stock, contrataciones, expansión).
- Tu actividad implica riesgo de reclamaciones, deudas o responsabilidad civil elevada.
- Vas a incorporar un socio, un inversor o dar participación a un empleado clave.
- Tus clientes o licitaciones exigen una sociedad.
- Quieres vender o traspasar el negocio en el futuro como un activo.
- Vas a contratar a varias personas y tendrás estructura de empresa.
Señales de que mejor sigas como autónomo
- Tu beneficio está por debajo de los 40.000–50.000 € o es muy variable.
- Estás empezando y todavía no sabes cuánto vas a facturar.
- Tu actividad es de bajo riesgo y puedes cubrirla con un seguro de responsabilidad civil.
- Necesitas todo el dinero que generas para vivir.
- Quieres simplicidad y el menor coste administrativo posible.
- Tu sector es muy personal (consultoría, formación, diseño) y tus clientes no exigen sociedad.
Un camino intermedio: empezar como autónomo y dar el salto después
Lo más habitual y prudente es empezar como autónomo (con la tarifa plana y costes mínimos) y plantearse la sociedad cuando los ingresos se estabilicen. El paso se puede dar de varias formas:
- Crear la S.L. y empezar a facturar desde ella, dejando de facturar como autónomo, sin transmitir nada.
- Aportar el negocio (clientes, equipos, contratos) a la sociedad, lo que puede tener implicaciones fiscales y contractuales que conviene estudiar con un asesor.
- Mantener ambas figuras en actividades distintas, si tiene sentido económico.
El cambio no es instantáneo ni gratuito, así que conviene planificarlo con antelación y consultar con un gestor antes de dar el paso, especialmente por las implicaciones en contratos con clientes, licencias, seguros y Seguridad Social.
Errores frecuentes al decidir entre autónomo y S.L.
- Crear una S.L. por moda o por «pagar menos impuestos» sin hacer números con tu caso real.
- Ignorar los costes fijos de gestoría y mantenimiento de la sociedad.
- Creer que la sociedad elimina el riesgo personal y firmar avales sin darse cuenta.
- Mezclar dinero personal y de la sociedad: retiradas sin justificar pueden ser problemáticas.
- No cotizar correctamente como autónomo societario.
- Dejarlo para tarde cuando ya tienes beneficios altos y has pagado de más en IRPF durante años.
- Basarse en un solo año de beneficios altos que luego no se repiten.
Preguntas frecuentes
¿A partir de cuánto compensa crear una S.L.? Como orientación, a partir de 40.000–60.000 euros de beneficio anual estable, aunque depende de si reinviertes, de tu comunidad autónoma y de tus costes. Pide una simulación a tu asesor.
¿Se puede ser autónomo y tener una S.L. a la vez? Sí. Si controlas la sociedad y la administras, normalmente tendrás que cotizar como autónomo societario. Puedes mantener además una actividad como autónomo si es distinta, siempre que tenga sentido económico y legal.
¿Cuánto cuesta crear una S.L.? Entre 400 y 900 euros aproximadamente en notaría, Registro y gestoría, más el capital social (mínimo 1 euro, aunque con las reglas indicadas si es inferior a 3.000).
¿La S.L. paga menos impuestos que el autónomo? Depende. El Impuesto sobre Sociedades es menor que el tipo marginal alto del IRPF, pero cuando retiras el dinero tributas también por él. El ahorro real aparece sobre todo si dejas beneficios en la sociedad y reinviertes.
¿Tengo que pagar cuota de autónomos si tengo una S.L.? Si eres administrador y controlas la sociedad (por participación o cargo), generalmente sí, como autónomo societario. Se puede acceder a la tarifa plana si cumples los requisitos.
¿Puedo pagarme el sueldo que quiera? El sueldo del socio-administrador debe ser razonable y estar justificado. Una retribución desproporcionada puede ser cuestionada por Hacienda, y la normativa societaria exige respaldo estatutario para retribuir al administrador.
¿Qué es mejor para empezar: autónomo o S.L.? Para la mayoría de proyectos que empiezan sin ingresos estables, autónomo. La sociedad suele ser preferible cuando hay riesgo alto, socios o beneficios ya consolidados.
¿Se puede pasar de autónomo a S.L. más adelante? Sí, y es lo habitual. Conviene planificarlo con un asesor para minimizar costes fiscales y problemas con contratos y licencias.
Siguientes pasos
- Calcula tu beneficio real de los últimos 12 meses y tu previsión para los próximos.
- Pide a un gestor una simulación comparando autónomo y S.L. con tus números y tu comunidad.
- Valora tu nivel de riesgo y si necesitas avales, socios o financiación.
- Si decides crear la S.L., planifica sueldo, dividendos y reserva de capital antes de constituirla.
- Revisa cada año si la decisión sigue siendo la correcta: cambian los tipos, tus ingresos y tus objetivos.
Aviso: este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento de un gestor, asesor fiscal o abogado. Las cifras del ejemplo son simplificadas y varían según tu comunidad autónoma, tu situación personal y la normativa vigente. Consulta siempre las fuentes oficiales de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.